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dc.contributor.advisorPalomo Herrero, Yolanda es
dc.contributor.authorHernández Bermejo, Soraya
dc.contributor.editorUniversidad de Valladolid. Facultad de Derecho es
dc.date.accessioned2019-10-10T14:48:09Z
dc.date.available2019-10-10T14:48:09Z
dc.date.issued2019
dc.identifier.urihttp://uvadoc.uva.es/handle/10324/38503
dc.description.abstractLa prueba de reconocimiento judicial es uno de los medios de prueba, el cual se encuentra recogido en la Ley de Enjuiciamiento Civil en el Capítulo VI. De los medios de prueba y las presunciones en la sección 6 a. Del reconocimiento judicial, artículos 353 a 359. Este medio de prueba se caracteriza porque está dirigido a que el Juez o Tribunal examinen de manera directa, lugares, objetos o personas, cuando sea necesaria para la apreciación o esclarecimiento de aquellos hechos que son objeto de un proceso. Este medio de prueba se va a diferenciar de los demás, por esa apreciación que tiene el Juez, en cuanto la percepción y contacto directo. En el presente trabajo se centra en el estudio de dicho medio de prueba, así como la concurrencia de este con otros medios probatorios y de los requisitos necesarios para que se pueda practicar.es
dc.description.sponsorshipDepartamento de Derecho Constitucional, Procesal y Eclesiástico del Estadoes
dc.format.mimetypeapplication/pdfes
dc.language.isospaes
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/*
dc.subject.classificationPrueba (Derecho)es
dc.subject.classificationReconocimiento judiciales
dc.subject.classificationProcedimiento civiles
dc.titleLa prueba de reconocimiento judicial en el proceso civiles
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises
dc.description.degreeGrado en Derechoes
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional*


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