2024-03-28T21:11:27Zhttp://uvadoc.uva.es/oai/requestoai:uvadoc.uva.es:10324/86302021-06-18T10:29:19Zcom_10324_38col_10324_787
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dc
Simón Descalzo, Juan
author
2012
La figura del coordinador/a aparece en la legislación española en el R.D. 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen las disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción. Se considera técnico competente a aquella persona que posee titulaciones académicas y profesionales habilitantes así como conocimientos en actividades de construcción y de prevención de riesgos laborales acordes con las funciones a desempeñar según el R.D. 1627/1997. Dichas titulaciones serán las de arquitecto, arquitecto técnico, ingeniero o ingeniero técnico, de acuerdo con sus competencias y especialidades. Asímismo es evidente la necesidad de que el técnico competente tenga una formación adecuada en el campo de la prevención de riesgos laborales, aplicables a las obras de construcción. Los interlocutores de las empresas, así como los trabajadores autónomos y los recursos preventivos, han de tener claras sus funciones, el papel que desempeñan y sus interrelaciones con los demás integrantes de la estructura preventiva de la obra.
http://uvadoc.uva.es/handle/10324/8630
Seguridad en el trabajo
Construcción-Accidentes-Prevención
Elaboración de una guía para el desempeño profesional del coordinador en materia de seguridad y salud en obras de construcción.