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Título
La protección de datos personales en el espacio de libertad, seguridad y justicia: especial consideración a las transferencias de datos a terceros países y organizaciones internacionales según la directiva 2016/680.
Año del Documento
2017
Documento Fuente
Revista de estudios europeos, 2017, N.69, pags.17-36
Resumen
La necesidad de intercambio de datos personales para combatir la lucha contra el crimen organizado exige una mayor cooperación por parte de las autoridades judiciales y policiales de los Estados miembros de la Unión. En materia de protección de datos personales, la Unión considera necesario contar con un régimen específico en materia de protección y tratamiento de datos equivalente en todos los Estados miembros para lograr que la cooperación judicial y policial sea eficaz. A ello responde la Directiva (UE) 2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo, relativa a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales por parte de las autoridades competentes para fines de prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales o de ejecución de sanciones penales2, y a la libre circulación de dichos datos3, de reciente aprobación. Este nuevo instrumento jurídico incluye normas comunes para el intercambio de información entre los Estados miembros UE y terceros países y organizaciones internacionales, tratando de facilitar la cooperación transfronteriza de las autoridades competentes en el ejercicio de funciones de investigación y prevención, con la finalidad de combatir más eficazmente el crimen y el terrorismo en toda Europa, estableciendo los requisitos necesarios para que la transferencia de datos a terceros países u organizaciones internacionales pueda realizarse respetando, a su vez, los principios reguladores que regulan dicha transmisión. The necessity of interchange of personal data to fight against the war organized crime requires greater cooperation on the part of the judicial and police authorities of the Member States of the Union. Regarding the protection of personal data, the Union considers necessary to have a specific system for the protection and processing of equivalent data in all Member States to ensure that judicial and police cooperation is effective. To this responds the Directive 2016/680 of the European Parliament and of the Council relative to the protection of individuals with regard to the processing of personal data by competent authorities for the prevention, investigation, detection or prosecution of criminal offenses or the execution of criminal penalties, and to the free movement of such data, which was recently approved. This new legal instrument includes common rules for the exchange of information between EU Member States and third countries and international organizations, seeking to facilitate cross-border cooperation of the competent authorities in the exercise of research and prevention functions in order to combat more crime and terrorism throughout Europe by establishing the necessary requirements for the transfer of data to third countries or international organizations can be carried out while respecting the regulatory principles governing such transmission
Materias (normalizadas)
Derechos fundamentales
Protección de la información (Informática)
Derecho a la vida privada
ISSN
1132-7170
Idioma
spa
Derechos
openAccess
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