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dc.contributor.authorVaquero López, María del Carmen
dc.contributor.authorVaquero López, María del Carmen 
dc.date.accessioned2024-12-16T14:27:09Z
dc.date.available2024-12-16T14:27:09Z
dc.date.issued2021
dc.identifier.citationC. Guilarte Martín-Calero, Comentarios a la Ley 8/2021 por la que se reforma la legislación civil y procesal en materia de discapacidad, Cizur Menor, Aranzadi, 2021es
dc.identifier.isbn8-84-1390-233-3es
dc.identifier.urihttps://uvadoc.uva.es/handle/10324/72622
dc.descriptionProducción Científicaes
dc.description.abstractEl trabajo analiza las disposiciones de Derecho internacional privado del CC afectadas por la Ley 8/2021, de 2 de junio, por la que se reforma la legislación civil y procesal para el apoyo a las personas con discapacidad en el ejercicio de su capacidad jurídica. Un análisis que pretende ayudar a entender al alcance de la reforma de nuestro sistema de Derecho civil en un mundo globalizado, siempre con una mirada crítica, que pone de manifiesto la necesidad de una revisión general del sistema español de Derecho internacional privado, revisión sobre la que ya se alertó con motivo de las reformas de julio de 2015. En cada uno de los preceptos analizados se parte del análisis de la situación previa a la reforma y se lleva a cabo una valoración critica del nuevo sistema de protección de las personas con discapacidad, que pone en evidencia la falta de pericia del legislador español en el manejo de las fuentes de Derecho internacional privado. Por un lado, porque las nuevas disposiciones continúan sin ofrecer una solución que garantice el reconocimiento en un Estado de las medidas adoptadas en otro Estado para la protección de las personas con discapacidad; por otro lado, porque la reforma perpetúa la falta de correspondencia entre los principios que informan las normas de Derecho material para protección de las personas con discapacidad y los principios sobre los que se articulan las diferentes conexiones de las normas de conflicto de leyes; finalmente, porque el legislador español parece desconocer las soluciones de Derecho internacional privado convencional en materia de protección de adultos, que constituyen la base de los trabajos iniciados en el seno de la UE para establecer un sistema de protección de las personas especialmente vulnerables por razón de su discapacidad física o psíquica. Todas estas circunstancias comprometen la finalidad tuitiva de la reforma y pueden privar de virtualidad jurídica a las nuevas medidas de apoyo, orientadas a garantizar la protección de la dignidad y la libertad individual de las personas con discapacidad, cuando está presente un elemento extranjero.es
dc.format.mimetypeapplication/pdfes
dc.language.isospaes
dc.publisherAranzadies
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/restrictedAccesses
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/publicdomain/zero/1.0/*
dc.subjectDerecho internacional privadoes
dc.subject.classificationLey aplicable. Discapacidad. Estatuto personales
dc.titleComentario a los artículos 9.6.II, 10.8, 15.2, 20.2, 21.3. c) y d), y 22.2.c) del Código Civiles
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bookPartes
dc.rights.holderAranzadies
dc.relation.publisherversionhttps://www.aranzadilaley.es/es
dc.identifier.publicationfirstpage99es
dc.identifier.publicationlastpage134es
dc.identifier.publicationtitleComentario a los artículos 9.6.II, 10.8, 15.2, 20.2, 21.3. c) y d), y 22.2.c) del Código Civiles
dc.description.projectLey aplicable. Discapacidades
dc.rightsCC0 1.0 Universal*
dc.type.hasVersioninfo:eu-repo/semantics/publishedVersiones
dc.subject.unesco5603 Derecho Internacionales


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