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<title>El régimen económico matrimonial: La Sociedad de Gananciales</title>
<creator>Sanz Herce, Álvaro</creator>
<contributor>Plaza Almazán, Jesús</contributor>
<contributor>Universidad de Valladolid. Facultad de Ciencias Empresariales y del Trabajo de Soria</contributor>
<description>La sociedad de gananciales va muy ligada a la idea de familia. Conforma una masa&#xd;
de bienes comunes obtenidos durante el matrimonio y en virtud del trabajo de los&#xd;
cónyuges y también se incluyen en la masa ganancial las rentas o intereses que generen&#xd;
los bienes tanto privativos como comunes. Esta masa de bienes gananciales pertenece a&#xd;
ambos cónyuges y como dice el artículo 1344 de Código Civil, será atribuida por mitad&#xd;
al disolverse aquella. Esta situación otorga protección al cónyuge más débil&#xd;
económicamente, pues no en todas las familias los dos cónyuges tienen trabajo y ni&#xd;
siquiera salarios equiparables.&#xd;
En los dos primeros capítulos de este trabajo estudiaremos cuales son las&#xd;
diferentes opciones, en cuanto a regímenes económicos matrimoniales, que tiene una&#xd;
pareja que decide contraer matrimonio o bien, ya estén casados y quieran cambiar el&#xd;
régimen económico matrimonial al que están adscritos. Centrándonos en la sociedad de&#xd;
gananciales, nuestro objetivo será conocer su origen, que leyes y bajo qué situación se&#xd;
instaura como régimen económico matrimonial supletorio de primer grado y conocer las&#xd;
características principales sobre las que se fundamenta. ¿Es hoy el régimen económico&#xd;
matrimonial más adecuado para que sea supletorio de primer grado? Analizaremos si&#xd;
aquellos motivos que le dieron tal designación pueden seguir defendiéndose hoy en día.&#xd;
Desde el tercer capítulo y hasta el quinto, sobre la base que establece el Código&#xd;
Civil y leyes civiles concordantes, vamos a tratar de analizar y desarrollar cuales son las&#xd;
características que este régimen económico matrimonial aporta al matrimonio; que son&#xd;
los bienes gananciales y cuales son bienes privativos de los cónyuges, que herramientas&#xd;
de gestión de los bienes gananciales aporta la regulación civil, que responsabilidad tienen&#xd;
los bienes gananciales frente a las obligaciones a las que tenga que asumir el matrimonio&#xd;
y, por último, cual es el procedimiento y cuáles son las consecuencias de que se produzca&#xd;
la disolución de la sociedad de gananciales. Seguiremos el guion que nos aporta el Código&#xd;
Civil, que regula el régimen económico matrimonial en el libro cuarto, “De las&#xd;
obligaciones y contratos”, bajo el título III, del régimen económico matrimonial.&#xd;
¿Cuál es nuestro objetivo? Conocer si las herramientas que la legislación aporta a&#xd;
los cónyuges en cuanto a la gestión de la masa ganancial son adecuadas al devenir de las&#xd;
familias y las relaciones interconyugales en la actualidad. Veremos bajo que situaciones&#xd;
responden los bienes gananciales de las obligaciones que los cónyuges tengan que hacer&#xd;
frente y, por último, estudiaremos el procedimiento a seguir en los casos de disolución y&#xd;
liquidación de la sociedad de gananciales, uno de los mayores problemas de un régimen&#xd;
económico matrimonial que, en sus bases, no contaba con el hecho, cada vez más&#xd;
frecuente, de disolución matrimonial intervivos.&#xd;
En los artículos en los que el Código Civil regula el régimen económico&#xd;
matrimonial, se hace alusión a términos tales como empresa, establecimiento,&#xd;
explotación, negocios, comercio, etc. Se puede dar la situación en la que un matrimonio&#xd;
adherido al régimen de sociedad de gananciales, este formado por cónyuges en las que&#xd;
uno o ambos sean empresarios.&#xd;
En el sexto y último capítulo analizaremos de qué manera afecta que uno o ambos&#xd;
cónyuges sean empresarios al devenir de la sociedad de gananciales y en concreto, a la&#xd;
masa de bienes comunes. En esta situación, el Código Civil cede protagonismo a lo que&#xd;
indica el Código de Comercio, que complementará o sustituirá en ciertos casos lo&#xd;
establecido por la regulación civil en cuanto a las relaciones interconyugales del&#xd;
matrimonio sometido a la sociedad de gananciales, hasta el punto de que se llega a&#xd;
calificar como régimen económico especial para el matrimonio contraído por quien ejerce&#xd;
el comercio.</description>
<date>2019-03-12</date>
<date>2019-03-12</date>
<date>2018</date>
<type>info:eu-repo/semantics/bachelorThesis</type>
<identifier>http://uvadoc.uva.es/handle/10324/34994</identifier>
<language>spa</language>
<rights>info:eu-repo/semantics/openAccess</rights>
<rights>http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/</rights>
<rights>Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 International</rights>
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