RT info:eu-repo/semantics/article T1 Responsabilidad por defectos constructivos. Compatibilidad entre las acciones legales y las acciones que dimanan de la relación contractual. Plaza de prescripción. Comentario a la STS de 18 de diciembre de 2018 A1 Domínguez Luelmo, Andrés Augusto K1 Responsabilidad contractual AB Se plantea si las acciones para exigir la responsabilidad legal prevista en la Ley38/1999 por daños materiales causados en el edificio, como consecuencia dedefectos en la construcción, son compatibles con el ejercicio de accionescontractuales cuando, entre demandante y demandados, media una relacióncontractual. El Tribunal Supremo reitera su doctrina sobre la compatibilidad deambos tipos de acciones. Además, considera que existe un incumplimientocontractual por parte del promotor, y que es aplicable al caso el art. 1101 CC. Enconsecuencia, el plazo de prescripción de la acción es el previsto en el art. 1964 CCpara las acciones que no tienen señalado un plazo especial. PB Civitas SN 0212-6206 YR 2019 FD 2019 LK http://uvadoc.uva.es/handle/10324/40626 UL http://uvadoc.uva.es/handle/10324/40626 LA spa NO Cuadernos Civitas de jurisprudencia civil, Nº 111, 2019, págs. 153-172 NO Producción Científica DS UVaDOC RD 27-dic-2024