RT info:eu-repo/semantics/bachelorThesis T1 La fijación de la custodia y visitas en supuestos de enfermedad mental de uno de los cónyuges A1 Comesaña Roade, Noelia A2 Universidad de Valladolid. Facultad de Ciencias SocialesJurídicas y de la Comunicación K1 Patria potestad K1 Trastorno mental K1 Capacidad parental K1 56 Ciencias Jurídicas y Derecho K1 6310.03 Enfermedad AB Tras la ruptura de la convivencia familiar y cuando existen hijos menores comunes, se deberá establecer un régimen de guarda y custodia, el cual podrá ser acordado por los cónyuges de mutuo acuerdo o por el juez en caso de no existir tal acuerdo. Para su atribución intervendrán diversos criterios, pero lo primordial será, siempre y en todo caso, garantizar el interés superior del menor. No se podrá acordar la guarda y custodia individual ni compartida si uno o ambos de los progenitores carece de aptitud o actitud para ejercer de forma continuada las funciones parentales. La salud mental en el progenitor será también un indicador importante para la determinación del régimen a acordar. Si se prueba que un progenitor padece de un trastorno mental, se deberán valorar una serie de factores tales como la gravedad, la evolución, la consciencia, etc.; se deberá conocer cómo y en qué grado dicho trastorno afecta al desempeño de la responsabilidad parental. La privación de la patria potestad se tendrá como último recurso y se entenderá como una medida de protección del menor y nunca como sanción al progenitor. YR 2021 FD 2021 LK https://uvadoc.uva.es/handle/10324/48179 UL https://uvadoc.uva.es/handle/10324/48179 LA spa DS UVaDOC RD 17-jul-2024