RT info:eu-repo/semantics/bachelorThesis T1 Las licencias obligatorias de patentes: en medicamentos A1 Atienza Rebollar, Sofía A2 Universidad de Valladolid. Facultad de Derecho K1 OMC K1 ADPIC K1 OEPM K1 Declaración Doha K1 Registro de patentes K1 Salud publica K1 5605.03 Derecho Mercantil AB Las licencias obligatorias son un instrumento jurídico contemplado en el Acuerdo ADPIC como límite al derecho de exclusividad que supone la patente, ya que permite que alguien ajeno al producto patentado sobre el que se concede, pueda explotarlo durante un tiempo determinado y a cambio de un canon al propietario. Especial relevancia tiene la licencia obligatoria de medicamentos, ya que garantiza el acceso a la población más pobre a la tecnología necesaria para producir ciertos medicamentos, sin necesidad de consentimiento del titular de la invención objeto de patente.La Declaración de Doha nace para hacer frente a las preocupaciones surgidas ante la flexibilidad del Acuerdo, en concreto la dificultad de los países pobres de acceder a determinados medicamentos. Así surge la licencia sobre productos farmacéuticos destinados a la exportación a países con problemas de salud pública, que permite fabricar y exportar medicamentos de bajo costo al amparo de una licencia obligatoria, para hacer frente a las necesidades de países que no tienen los medios necesarios para fabricar estos productos por sí mismos.Brasil es uno de los países que destacan en la concesión de licencias de medicamentos, ya que recurrió a ellas en numerosas ocasiones sobre productos destinados a la cura del SIDA (caso EFAVIRENZ). Tras la incorporación de la patente de medicamentos en la ley brasileña, los precios de los medicamentos subieron, por lo que el gobierno se vio obligado a imponer licencia obligatoria sobre medicamentos para reducir su precio y favorecer la distribución equitativa de los mismos.En cambio, en España aun no se ha hecho uso de este instrumento, pero se plantea la posibilidad de hacerlo con los enfermos de hepatitis C, debido al alto precio de los medicamentos. Sin embargo, el Ministerio de Sanidad considera que esta posibilidad no es una opción porque "no hay precedente en la UE ni base legal que permita hacerlo con seguridad jurídica”. Junto con el mecanismo de las licencias, la expropiación de la patente supone que la patente pasa a ser de dominio público o propiedad del Estado, recibiendo el propietario una indemnización. YR 2022 FD 2022 LK https://uvadoc.uva.es/handle/10324/61054 UL https://uvadoc.uva.es/handle/10324/61054 LA spa NO Departamento de Derecho Mercantil, Derecho del Trabajo e Internacional Privado DS UVaDOC RD 27-nov-2024