RT info:eu-repo/semantics/article T1 Notas sobre la vigencia, o no, de las modificaciones en materia de celebración de matrimonio introducidas por la Ley de Jurisdicción Voluntaria A1 Hidalgo García, Santiago K1 Matrimonio K1 Celebración matrimonio K1 jurisdicción voluntaria K1 Bodas K1 Notarios K1 Registro civil K1 Derecho transitorio K1 56 Ciencias Jurídicas y Derecho AB RESUMEN: El propósito de estas notas es demostrar que los notarios –pese a que ya se está haciendo– no son competentes, con arreglo a la legislación vigente, para celebrar matrimonios: la communis opinio sobre la materia es que mientras no esté en vigor la LRC no se puede instruir el expediente matrimonial ante notario, pero sí se puede celebrar el matrimonio, tal opinión a mi modo de ver carece de sustento legal y a día de hoy.Con arreglo a la legislación vigente no pueden hacer ni lo uno, ni lo otro, por idénticas razones. Ambas cosas las podrán hacer cuando entren en vigor la nueva redacción de los artículos 51 del C.c., 58 de la LRC 2011 y 51 y 52 de la LN, es decir, el 30 de junio de 2020, si es que para entonces no hay un nuevo aplazamiento. PB NOTYREG HISPANIA SN 2341-2216 YR 2019 FD 2019 LK https://uvadoc.uva.es/handle/10324/64759 UL https://uvadoc.uva.es/handle/10324/64759 LA spa NO Revista de Derecho Civil, Abril-Junio 2019, Vol.6, n. 2 p.207-233 NO Producción Científica DS UVaDOC RD 27-dic-2024