RT info:eu-repo/semantics/article T1 Los elementos del contrato: La Condición A1 Álvarez Álvarez, Henar María K1 Contratos K1 Contrato K1 Condición K1 5605.02 Derecho Civil AB Dentro de la denominación genérica de elementos del contrato se integran aquellos requisitos que lo componen y que contribuyen a la formación y validez del mismo. Los elementos del contrato se clasifican en tres tipos: elementos esenciales, elementos naturales y elementos accidentales. Los elementos esenciales son aquellos que si no concurren no existiría el contrato, y según el art. 1261 CC son el consentimiento, el objeto y la causa (y en los contratos formales o solemnes además la forma, y en los reales, la entrega de la cosa). Pero gracias al reconocimiento de la autonomía privada las partes pueden introducir en el contrato una serie de previsiones o de cláusulas complementarias de las que dependa la eficacia del mismo. Por su parte, los elementos naturales son meras consecuencias de algunos contratos, que se sobreentienden o presumen por la ley, por lo que no es necesario pacto aunque por acuerdo de voluntad las partes pueden excluir tal elemento. Es decir, se trata de ciertas consecuencias que se derivan de la propia naturaleza del contrato. Por ejemplo, el carácter gratuito del contrato de mandato, del préstamo o del depósito, o la garantía y el saneamiento por evicción en la compraventa. Finalmente, los elementos accidentales son aquellos que sólo existen en el contrato cuando son introducidos en él por la voluntad expresa de las partes para modificar o limitar alguno de sus efectos característicos, pero una vez incorporados, tienen carácter esencial y son constitutivos del contrato. Son elementos que están presentes solo por la voluntad de las partes en un determinado contrato, pero su presencia ni es ni esencial ni determinante para que estemos ante un contrato válido. Tal es el caso de la condición, del término y del modo. A pesar de ser elementos accidentales, una vez incorporados al contrato asumen una extraordinaria importancia en la vida del contrato, pues se convierten en requisitos determinantes de la eficacia del mismo, por lo que se les ha denominado también determinaciones o estipulaciones accesorias, en lugar de elementos accidentales del contrato. PB Thomson Reuters SN 0024-1636 YR 2024 FD 2024 LK https://uvadoc.uva.es/handle/10324/67938 UL https://uvadoc.uva.es/handle/10324/67938 LA spa NO Thomson Reuters La Ley, 2020, p. 463-482. NO Producción Científica DS UVaDOC RD 17-jul-2024