RT info:eu-repo/semantics/bachelorThesis T1 La prisión permanente revisable y su constitucionalidad A1 Sotelo Villarroel, Naroa A2 Universidad de Valladolid. Facultad de Derecho K1 Inconstitucionalidad K1 Constitucionalidad K1 5605.05 Derecho Penal AB Debido a las nuevas demandas sociales por los delitos cometidos que mayor rechazo social provocan, la opinión pública y la necesidad de una profunda revisión y actualización de nuestro sistema penal, se introduce en nuestro Código Penal, con la LO 1/2015, de 30 de marzo, (con la que se modificaba la LO 10/1995, de 23 de noviembre) la pena de prisión permanente revisable para delitos de extrema gravedad, con el objetivo de fortalecer la confianza en la administración con resoluciones judiciales que sean percibidas por la sociedad como justas. Y con esta finalidad, siguiendo el modelo de otros países europeos que ya incluían esta pena en su sistema penal.Esta pena ha sido profundamente criticada por la gran mayoría de la doctrina, que la considera innecesaria debido a las bajas tasas de criminalidad en nuestro país, e inconstitucional por considerarla como una pena desproporcionada, indeterminada, inhumana, degradante y por estar contra del artículo 3 del Convenio Europeo de Derechos Humanos, además de ir en contra del artículo 25 de la CE.Contra la LO 1/2015 se interpuso recurso de inconstitucionalidad por más de 50 diputados en la que se argumentaba las razones por las cuales esta pena es considera inconstitucional. Este recurso fue resulto, seis años después, por la STC 169/2021, de 6 de octubre, señalando la constitucionalidad de esta pena. Los argumentos de esta sentencia fueron calificados como débiles por no rebatir con suficiente desarrollo los temas más complejos, además de señalarse la pobreza argumentativa de dicha sentencia YR 2024 FD 2024 LK https://uvadoc.uva.es/handle/10324/76051 UL https://uvadoc.uva.es/handle/10324/76051 LA spa NO Departamento de Derecho Penal e Historia y Teoría del Derecho DS UVaDOC RD 20-jun-2025