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dc.contributor.advisorAllué Buiza, Alfredo es
dc.contributor.authorPérez Vaquero, Juan Carlos 
dc.contributor.editorUniversidad de Valladolid. Instituto de Estudios Europeos es
dc.date.accessioned2013-06-03T07:40:46Z
dc.date.available2013-06-03T07:40:46Z
dc.date.issued2013
dc.identifier.urihttp://uvadoc.uva.es/handle/10324/2900
dc.description.abstractDesde mediados del siglo XX, con la llegada a Europa de trabajadores invitados (Gastarbeiter) para reconstruir la maltrecha economía del Viejo Continente, la presencia de la comunidad musulmana se fue haciendo cada vez más visible y, paradójicamente, aquella notoriedad que era un signo inequívoco de su integración, se convirtió en el origen de numerosos conflictos cuando aquella mano de obra –la mayor parte procedente de naciones de mayoría musulmana– quiso instalarse definitivamente en los países de acogida, reagrupar a sus familias y ejercer su libertad religiosa. Esta investigación analiza ocho de aquellos conflictos [cuatro relativos al valor de la dignidad (los crímenes de honor, las mutilaciones genitales femeninas, las torturas y penas o tratos inhumanos o degradantes y la orientación sexual y la identidad de género) y otros cuatro sobre las libertades (el asunto del velo, las consecuencias de la poligamia en el ámbito de la jurisdicción social, la observancia de los ritos funerarios musulmanes y la construcción de mezquitas)] desde la perspectiva del Derecho; analizando la legislación, la jurisprudencia, la doctrina (científica y administrativa), las fuentes primarias de Derecho Islámico (Corán y Hadices) y otras fuentes jurídicamente relevantes, en el marco de una sociedad democrática –basada en tres elementos esenciales: el pluralismo, la tolerancia y el espíritu de apertura– donde se reconoce un amplio margen de apreciación a los Estados miembros, lo que está generando una discrecionalidad incompatible con las exigencias del principio de seguridad jurídica y el pleno ejercicio de un Derecho Fundamental de los musulmanes europeos: su libertad religiosa. Todo ello, sin olvidar que los principios fundamentales de la democracia, tal y como se conciben en la Convención de Roma de 1950, resultan difícilmente conciliables con la introducción de la charía cuando la ley islámica se concibe como un fiel reflejo –permanente e invariable– de los dogmas y reglas divinas que establece la religión.es
dc.format.mimetypeapplication/pdfes
dc.language.isospaes
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/3.0/es/
dc.subjectIslam y problemas sociales-Euopaes
dc.subjectMusulmanes-Derecho-Españaes
dc.subjectLibertad religiosa-Europaes
dc.titleEl islam en la sociedad democrática europea: ocho conflictos surgidos en Europa, desde una perspectiva jurídica y con especial referencia al caso españoles
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/doctoralThesises
dc.identifier.opacrecnumb1659957
dc.identifier.doi10.35376/10324/2900
dc.rightsAttribution-NonCommercial-NoDerivs 3.0 Unported


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