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Título
Los votos particulares y las disidencias en los tribunales internacionales confrontados al principio de publicidad. Un desafio para la Corte de Luxemburgo
Año del Documento
2018
Documento Fuente
Revista de estudios europeos, 2018, N.72, pags.74-94
Resumo
This article proposes that the general rule of international models about the registration and publication of the dissenting opinions be applied to the Court of Justice of the European Union.The arguments presented flow from the investigative journey that is establishing the concept of dissenting opinion, explains its existence, history, legal nature and connects it with the publicity principle as a content of the due process of law and of the democratic principle, because they are central values of the European Union. The idea of the attribution of an alleged right or competence for that the judges can to cast dissenting opinions, we the abandoned and we opt by the notion of the judge' s ability, because is more precise, otherwise the freedom of expression of the magistrates could be restricted. Although we share the utilitarianism for the applying the initial secret to the dissenting opinions in Europe, that which then flowed to the American continent where for to achieve the same effect they changed the method, we conclude that the petrifaction in the secret can not be hold ad aeternum. Este artículo propone aplicar al Tribunal de Justicia de la Unión Europea la regla general de los modelos internacionales referida al registro y publicación de las dissenting opinions. Los argumentos esgrimidos dimanan del recorrido investigativo que va asentando el concepto de opinión particular, explica su existencia, historia, naturaleza jurídica y lo conecta con los principios de publicidad o apertura como contenido del due process of law propios del principio democrático inmanentes a la valórica de la Unión Europea. Abandonamos la idea de atribución de un pretendido derecho o competencia para que los jueces puedan emitir votos particulares, prefiriendo la noción de capacidad del juez, porque es más precisa, de lo contrario incluso se limitaría la libertad de expresión de los magistrados. Compartiendo el utilitarismo que llevó a aplicar el secreto para las dissenting opinions al modelo europeo y que fluyeron a los americanos donde para lograr el mismo efecto restrictivo cambiaron el método legislativo, concluimos que no se sostiene ad aeternum.
ISSN
1132-7170
Idioma
spa
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