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Aunque por mi Real decreto dado en Valencia á 4 de Mayo último mandé que en lo político y gubernativo continuasen los Ayuntamientos de los pueblos segun estaban y entretanto se establecia lo que conviniera guardarse ; teniendo en consideracion que la multitud de atenciones que se pusieron durante mi ausencia al cuidado de los expresados cuerpos no permite que puedan cuidar del desempeño de todas ellas con la vigilancia y exćtitud que exige el mejor gobierno de los mismos pueblos, he venido en mandar que los Ayuntamientos se arreglen con el uso de sus facultades económicas y de mas que les correspondan á lo prevenido en las leyes que regian en 1808.=Tendreislo entendido, y lo comunicareis á quienes corresponda para su cumplimiento.=Rubricado de la Real mano.= En Palacio á 15 de Junio de 1814.=A D. Pedro de Macanaz
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Aunque por mi Real decreto dado en Valencia á 4 de Mayo último mandé que en lo político y gubernativo continuasen los Ayuntamientos de los pueblos segun estaban y entretanto se establecia lo que conviniera guardarse ; teniendo en consideracion que la multitud de atenciones que se pusieron durante mi ausencia al cuidado de los expresados cuerpos no permite que puedan cuidar del desempeño de todas ellas con la vigilancia y exćtitud que exige el mejor gobierno de los mismos pueblos, he venido en mandar que los Ayuntamientos se arreglen con el uso de sus facultades económicas y de mas que les correspondan á lo prevenido en las leyes que regian en 1808.=Tendreislo entendido, y lo comunicareis á quienes corresponda para su cumplimiento.=Rubricado de la Real mano.= En Palacio á 15 de Junio de 1814.=A D. Pedro de Macanaz
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