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Título
Medianería y servidumbre de luces y vistas.
Autor
Director o Tutor
Año del Documento
2022
Titulación
Máster en Abogacía
Resumen
En el caso práctico se realiza un estudio de la medianería y las servidumbres de luces y vistas.
tras el estudio del caso en el se determina que la pared que divide ambas fincas es una pared medianera, por lo
tanto pertenece a ambos vecinos, pudiendo hacer los dos uso de ella para apoyar su construcción.
respecto de la servidumbre de luces y vistas, se determina que ésta ha quedado constituida en virtud del acuerdo
firmado con los vecinos, pues aunque en un primer lugar solo se pactó con uno de los vecinos de la finca contigua,
el segundo de los propietarios acepto tácitamente, por lo que la servidumbre de luces y vistas queda válidamente
constituida en virtud del título.
Resultas estas cuestiones, entramos a resolver que sucede cuando una segunda persona adquiere la finca
contigua, si esta debe respetar el acuerdo firmado y por tanto la servidumbre de luces y vistas.
Tras lo cual afirmamos que si debe respetarlo, pues aunque no se puso en su conocimiento la existencia del acuerdo, al ser las
luces y vistas una servidumbre aparente, cuenta con una publicidad similar a la registral, por lo que debe respetar
el acuredo y abstenerse de construir a menos de 3 metros de las vistas del señor Félix.
Materias Unesco
5605.02 Derecho Civil
Palabras Clave
Medianería y servidumbres
Departamento
Departamento de Derecho Civil
Idioma
spa
Derechos
openAccess
Aparece en las colecciones
- Trabajos Fin de Máster UVa [6621]
Ficheros en el ítem
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