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Título
El presupuesto subjetivo del concurso
Año del Documento
2009
Editorial
Wolters Kluwer
Descripción
Producción Científica
Documento Fuente
Revista de Derecho Concursal y Paraconcursal, 2009, n. 10, p. 151-193.
Resumen
Para que proceda la declaración del concurso ha de concurrir, necesariamente y salvo una
excepción legalmente reconocida, el requisito de la personalidad jurídica en el deudor al que tal
declaración afecte. No puede ser declarado en concurso quien no tenga la condición de persona.
Partiendo de esta premisa legal, nuestro estudio pretende llevar a cabo un análisis del
presupuesto subjetivo del concurso, con particular referencia al supuesto del deudor sociedad
mercantil. Si, por un lado, tenemos en cuenta las formas que en la actualidad se utilizan para
canalizar la actividad empresarial y, por otro, que es en el ámbito empresarial donde más
situaciones de crisis se producen, queda evidenciado que el concurso de sociedades será un
supuesto muy frecuente. Dentro de las sociedades como sujeto pasivo del concurso, merecen
especial atención dos casos concretos en los que se plantean ciertas peculiaridades en torno a la
personalidad jurídica: la sociedad en formación y, sobre todo, la sociedad irregular.
También hemos estimado oportuno dedicar un epígrafe a la realidad del grupo de sociedades,
tomando en consideración las referencias que a la misma se contienen en la Ley Concursal.
No queremos concluir nuestro estudio sin hacer mención a los entes sin personalidad jurídica.
Materias (normalizadas)
Sociedades - Derecho - España
Materias Unesco
5605.03 Derecho Mercantil
Palabras Clave
Concurso
Deudor
Presupuesto
Sociedades
ISSN
1698-4188
Revisión por pares
SI
Version del Editor
Propietario de los Derechos
© La Ley
Idioma
spa
Tipo de versión
info:eu-repo/semantics/publishedVersion
Derechos
restrictedAccess
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