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Título
Las relaciones no monógamas y el matrimonio en la Constitución
Director o Tutor
Año del Documento
2024
Titulación
Grado en Derecho
Abstract
La familia y el matrimonio han sido pilares fundamentales en la estructura social desde tiempos inmemoriales. Con la promulgación de la Constitución Española de 1978, estos conceptos recibieron una protección especial y una definición que les ha permitido evolucionar con los cambios sociales y culturales, ello explica que en la actualidad se protejan diversos “modelos” de familia como las uniones de familia, las familias monoparentales y las familias homoparentales. Dada la aparición del poliamor que se distinguen de la compresión tradicional sobre la familia, cabe preguntarse si este nuevo “modelo” de familia también tiene protección constitucional. Este es el objetivo del presente trabajo.
Para llevar a cabo esta investigación, el primer capítulo estudia el tratamiento de la familia en la Constitución. El articulo 39 CE no solo asegura la protección económica de la familia, sino que también aboga por su bienestar social y jurídico, garantizando una serie de derechos y deberes tanto para los padres como para los hijos, en este sentido, se reconoce la igualdad de los hijos ante la ley, eliminando cualquier tipo de discriminación basada en la filiación.
Además, destacamos que la Constitución evita una definición rígida de la familia, permitiendo su adaptación a las necesidades y valores cambiantes de la sociedad. Esta flexibilidad es positiva porque permite proteger a nuevas formas de familias siempre y cuando sean compatibles con los derechos reconocidos en la Norma fundamental.
En el capitulo II se estudia el derecho del matrimonio reconocido en el artículo 32 CE. La compresión de este instituto a la luz del articulo 14 CE ha llevado al matrimonio entre personas del mismo sexo.
Finalmente, el capitulo III esta dedicado a determinar el poliamor goza de tutela Constitución. Para ello distinguimos el poliamor de la poligamia. Mientras que la poligamia es una práctica basada que vulnera la igualdad y el derecho a la no discriminación de las mujeres, el poliamor no tiene esta base, por ello no se puede señalar que es una práctica discriminatoria. La protección de las relaciones poliamorosas cuando sean decididas consensualmente es una manifestación de la apertura con la que la Constitución debe concebir modelos de familias distintos al tradicional siempre y cuando sean respetuoso con los derechos fundamentales.
Materias Unesco
5605.04 Derecho Constitucional
6309.04 Matrimonio
Palabras Clave
Familia
Matrimonio
Constitución
Idioma
spa
Derechos
openAccess
Collections
- Trabajos Fin de Grado UVa [30544]
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