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Título
Aspectos Médico-Legales de la Responsabilidad Profesional Médica.
Año del Documento
2009
Editorial
Revista Anales de la Real Academia de Medicina y Cirugía de Valladolid. Ediciones Universidad de Valladolid
Documento Fuente
Revista Anales de la Real Academia de Medicina y Cirugía de Valladolid. 2009. Volumen 46: 101-125
Zusammenfassung
La responsabilidad médica se conceptúa como: “La obligación de reparar o compensar los daños producidos por acciones, omisiones, errores voluntarios e incluso involuntarios, cometidos por el médico en el curso de su actividad profesional”.
La responsabilidad encuentra su fundamento legal en la necesidad jurídica y social de que todo médico responda ante las autoridades sociales de los daños y perjuicios ocasionados por las faltas voluntarias, o involuntarias, pero previsibles y evitables, cometidas en el ejercicio de su profesión. En último extremo, “El acto médico es un contracto de prestación de servicios, con una obligación de medios”, es la obligación típica que asume el facultativo que presta sus servicios en el ámbito de la medicina asistencial o curativa. Esta medicina es en la que un proceso patológico, se interviene buscando el restablecimiento de la salud o la mejoría del enfermo. El médico sólo se obliga a utilizar ciencia y medicina adecuados conforme a la Lex Artis ad Hoc. En palabras de L. Martínez Calcerrada, se entiende por Lex Artis: “ Al criterio valorativo de la corrección del concreto acto médico ejecutado por el profesional de la medicina que tiene en cuenta las especiales características de su autor, la profesión, de la complejidad y trascendencia vital del acto, y en su caso, de la influencia de otros factores endógenos –Estado e intervención del enfermo, de sus familiares, o de la misma organización sanitaria- para calificar dicho acto de conforme o no con la técnica normal requerida por la ciencia médica para dicho acto en el momento de ejecutarlo”. Por tanto, la lex artis abarca todo acto médico: exploración, diagnóstico, pronóstico, indicación y tratamiento. Resumiendo, la lex artis es el conjunto de reglas técnicas de cuidado de carácter general aprobadas por la comunidad científica y aplicables a la actividad médico sanitaria.
La Lex Artis Ad Hoc es la aplicación concreta o particular de la Lex Artis. Por tanto, se define como lo que puede y debe considerarse correcto por la ciencia médica del momento en referencia a una concreta actuación practicada en un momento temporal. La Lex Artis Ad Hoc tiene su sentido porque la medicina ni se puede ejercer de igual modo en todas partes, ni en cualquier circunstancia, es decir, los criterios de actuación varían de una a otra situación concreta. Por tanto, a través de la lex artis y la lex artis ad hoc se realiza una valoración de la adecuación o no de una conducta a los métodos o técnicas de la profesión médica de acuerdo con los baremos o protocolos establecidos para valorar los actos médicos.
ISSN
0210-6523
Revisión por pares
SI
Idioma
spa
Tipo de versión
info:eu-repo/semantics/draft
Derechos
openAccess
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