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dc.contributor.advisorMartínez Escribano, Celia es
dc.contributor.authorGarzón Alonso, María Amparo
dc.contributor.editorUniversidad de Valladolid. Facultad de Ciencias Sociales, Jurídicas y de la Comunicación es
dc.date.accessioned2016-07-18T15:40:32Z
dc.date.available2016-07-18T15:40:32Z
dc.date.issued2016
dc.identifier.urihttp://uvadoc.uva.es/handle/10324/17971
dc.description.abstractEn España, con los movimientos migratorios interiores y la política de impulso que se realizó por el Gobierno a las empresas de construcción por medio de la Ley de Propiedad Horizontal de 1960, se logró que el ciudadano tuviera acceso a la propiedad urbana, principalmente en bloques de viviendas motivada por la escasez de suelo edificable. Con esta forma de convivencia surgieron las comunidades de propietarios, las cuales se han venido rigiendo por el Derecho Privado hasta la promulgación de la Ley de Rehabilitación, Regeneración y Renovación Urbana donde la Administración va a obligar a instalar un ascensor si en el edificio se cumplen ciertas condiciones entre sus propietarios. Con ello van a aparecer situaciones que terminaran en los tribunales, los cuales resolverán los distintos conflictos vecinales.es
dc.format.mimetypeapplication/pdfes
dc.language.isospaes
dc.rights.accessRightsinfo:eu-repo/semantics/openAccesses
dc.rights.urihttp://creativecommons.org/licenses/by/4.0/
dc.subjectCopropiedades-Derecho-Españaes
dc.subjectAccesibilidades
dc.titleInstalación de ascensor en edificio de régimen de propiedad horizontales
dc.typeinfo:eu-repo/semantics/bachelorThesises
dc.description.degreeGrado en Derechoes
dc.rightsAttribution 4.0 International


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