dc.contributor.author | Moral Moro, María José | |
dc.date.accessioned | 2024-01-17T12:44:39Z | |
dc.date.available | 2024-01-17T12:44:39Z | |
dc.date.issued | 2022 | |
dc.identifier.citation | Revista de Derecho de la competencia y la Distribución, Julio 2022, nº 31 p. 1-24 | es |
dc.identifier.uri | https://uvadoc.uva.es/handle/10324/64662 | |
dc.description | Producción Científica | es |
dc.description.abstract | La economía colaborativa es uno de los nuevos modelos de organización de recursos e intercambio de bienes y prestación de servicios que mayor interés ha suscitado socialmente. Aunque este moderno fenómeno económico y social afecta a muchos ámbitos y sectores de nuestro entorno, uno de los más destacados ha sido, sin duda, el del alojamiento y dentro de éste el del alquiler de viviendas para uso turístico o vacacional que ha causado una enorme revolución sobre todo en las zonas turísticas de nuestro país, planteando no pocos problemas de toda índole.
Dejando a un lado, a estos efectos, los adicionales problemas de competencia desleal con la hostelería tradicional, de elusión del control administrativo, tributario, etc. y centrándonos en los de carácter procesal-civil, uno de los más destacados se encuentra relacionado con la convivencia y las Comunidades de propietarios.
El legítimo interés de dichas Comunidades pasa obviamente por preservar la convivencia vecinal y acabar con las eventuales molestias, ruidos y problemas de seguridad y convivencia que el trasiego de alquileres turísticos suele generar, debido a su corta duración. Sin embargo, la realidad es que hace que los procesos civiles existentes en estos momentos apenas tienen eficacia para atajarlos, bien sea por falta de mecanismos o por no haberse adaptado aún a esta nueva realidad.
Ante esta situación, la Ley 49/1960, de 21 de Julio, sobre Propiedad Horizontal permite al Presidente de la comunidad de propietarios el ejercicio de la acción de cesación para poner fin a la misma. El párrafo 3 del art. 7 de dicha ley determina el procedimiento para entablar la acción de cesación, sustanciándose, en lo no previsto por este artículo, a través del juicio ordinario. | es |
dc.format.mimetype | application/pdf | es |
dc.language.iso | spa | es |
dc.publisher | La ley | es |
dc.rights.accessRights | info:eu-repo/semantics/restrictedAccess | es |
dc.rights.uri | http://creativecommons.org/licenses/by-nc-nd/4.0/ | * |
dc.subject | Derecho de la competencia | es |
dc.subject.classification | Viviendas turísticas | es |
dc.title | Ineficacia práctica de los procesos civiles ante los problemas de convivencia vecinal ocasionados por los inquilinos de viviendas turísticas | es |
dc.type | info:eu-repo/semantics/article | es |
dc.identifier.publicationfirstpage | Convivencia vecinal | es |
dc.identifier.publicationissue | 31 | es |
dc.identifier.publicationlastpage | 24 | es |
dc.identifier.publicationtitle | Revista de Derecho de la Competencia y la Distribución | es |
dc.identifier.publicationvolume | 31 | es |
dc.peerreviewed | SI | es |
dc.rights | Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional | * |
dc.type.hasVersion | info:eu-repo/semantics/publishedVersion | es |
dc.subject.unesco | 5605.07 Derecho Público | es |