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Título
El internamiento involuntario por razón de trastorno psíquico
Editor
Año del Documento
2023
Descripción
Producción Científica
Documento Fuente
Tirant lo blanch, Valencia, 2023.
Resumen
El internamiento en establecimientos psiquiátricos es una de las causas más habituales de privación de libertad, después de la detención o la prisión por comisión de un delito. La justificación de su admisión viene de relacionar el citado artículo 17.1 de la Constitución y el artículo 15 de la misma, relativo al derecho a no ser sometido a tratos inhumanos o degradantes, con otros preceptos de aquélla, tales como el artículo 43, que reconoce el derecho a la protección de la salud, y el artículo 49, que establece la obligación de los poderes públicos de realizar políticas de protección de las personas con discapacitad. Por tanto, el internamiento en un establecimiento psiquiátrico estará justificado cuando sea la medida más adecuada para procurar la recuperación de la salud de la persona, evitar el empeoramiento de su enfermedad o que ésta se vuelva irreversible, o impedir que el afectado por el trastorno psíquico ponga en peligro su vida o su integridad física, o la de los demás. Debido a que el internamiento de una persona que padece un trastorno psíquicol afecta a un derecho fundamental, el artículo 763 de la Ley 1/2000, de 7 de enero, de Enjuiciamiento Civil, impone a los que pretendan internar a aquélla la necesidad de solicitar previa autorización judicial, estableciendo el procedimiento para obtenerla; escasa regulación que ha requerido para su aplicación un esfuerzo interpretativo tanto por parte de la doctrina como de la jurisprudencia. En esta obra se analizan todas las cuestiones que plantea el art. 763 LEC y se pone de manifiesto la necesidad de una nueva regulación del internamiento por razón de trastorno psíquico pues el citado precepto suscita problemas de concordancia con la Convención de Nueva York sobre Derechos de las Personas con Discapacidad (2006). Las razones que justifican la reforma se estudian con detenimiento, tras lo cual se analizan las distintas propuestas normativas, así como la posición del Comité sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad para finalizar con unas consideraciones y una propuesta personal sobre la nueva regulación. A continuación, se desgranan los distintos aspectos de la regulación contenida en el artículo 763 LEC prestando atención a las distintas posiciones doctrinales y jurisprudenciales, intentando interpretar el precepto de manera que se respeten los principios contenidos en la Convención de Nueva York, citada anteriormente. En primer lugar, se trata el ámbito de aplicación de la norma, es decir, personas que pueden ser objeto de internamiento y tipos de internamiento, internamiento ordinario e internamiento de urgencia. En segundo lugar, se analiza la finalidad del internamiento, que ha de ser terapéutica, por ello, partiendo de que se trata de una medida de carácter terapéutico, ha de llevarse a cabo en un centro de salud mental, no obstante, se ha planteado su aplicación a supuestos en los que la medida se hace efectiva en otro tipo de centros, como en los casos en los que se interna a una persona en centros de educación especial, en centros de rehabilitación o de desintoxicación, o en centros asistenciales, con especial referencia al internamiento en centros de la tercera edad. En tercer lugar, se analiza si la autorización judicial alcanza a las posibles actuaciones que pueden llevarse a cabo durante el internamiento, como la administración de un tratamiento médico a la persona internada o las restricciones de derechos fundamentales de la misma, como la limitación de visitas o salidas, o de mantener comunicación telefónica o postal, así como la posibilidad de que los facultativos hagan uso de medios mecánicos de contención y de salas de aislamiento. En cuarto lugar, se estudian las garantías procedimentales establecidas en el artículo 763 de la LEC; y, en último lugar, la continuidad y fin del internamiento, es decir, el control sobre la necesidad de mantener el internamiento y la terminación del mismo.
ISBN
978-84-1197-126-3
Patrocinador
Esta obra se ha realizado en el marco del Proyecto de Investigación “Derecho transitorio, retroactividad y aplicación en el tiempo de las normas jurídicas” (Ref. PID 2019-107296GB-I00), cuyo investigador principal es el Prof. Dr. D. Andrés Domínguez Luelmo.
Idioma
spa
Tipo de versión
info:eu-repo/semantics/publishedVersion
Derechos
openAccess
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Formato:
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