Por favor, use este identificador para citar o enlazar este ítem:https://uvadoc.uva.es/handle/10324/48184
Título
La respuesta del Derecho Internacional a la crisis climática
Director o Tutor
Año del Documento
2021
Titulación
Grado en Derecho
Abstract
El cambio climático se ha configurado durante los últimos años como una realidad
insoslayable de peligrosas dimensiones y consecuencias; la mayoría de estas, inabordables
para una humanidad ostensiblemente incapaz de brindar una solución expeditiva ante los
acuciantes problemas requirentes de soluciones inmediatas.
El modus vivendi adoptado, confiere una excelsa comodidad al adoptante; la sociedad bebe de
sus propias configuraciones y, en cierto modo, avanza ajena a todo lo que sobrepase de la
intocable dimensión individual, del ser, de su unidad familiar, de su ciudad, de su país, de su
continente, etc.
El Derecho se trata, en definitiva, de un producto humano; útil e imprescindible para la
conducción de la sociedad, pero humano. Como tal, reviste una profusa gama de defectos y
de dolencias intrínsecas que hacen de él una herramienta aún incompleta. No obstante, esta
puntualización, su eficacia queda consagrada en la constatación de su imperii; su facultad para
imponer una voluntad que normalmente transluce un fiel reflejo del colectivo del que emana.
La realidad climática a la que nos enfrentamos es, cuando menos, desasosegante, y exige una
escrupulosa diligencia por parte de las autoridades públicas y de los gobiernos, obligados a
verter una cantidad exultante de esfuerzo para tratar de reconducir una cuestión que ha
tomado el cariz equívoco desde hace décadas, llegando a dar como resultado una de las
mayores lacras que la humanidad, en su efímero e indiferente paso por el planeta, dejará tras
de sí. Así, partiendo de esta realidad, tratando de superar en todo momento ese
“catastrofismo fácil” al que la cuestión hace caer una y otra vez, trataré de abordar cómo el
Derecho Internacional, como adalid de las voluntades internacionales de los estados, ha
tratado de dar una respuesta, resultado de la incipiente concienciación que ha llevado al
mundo a reaccionar, aun cuando por desgracia dicha reacción diste mucho de toda
univocidad.
Se expondrán en la siguientes líneas las principales configuraciones y producciones
legislativas, normativas, jurídicas, que se oponen a la franca degradación climática, para
después pormenorizar una serie de cuestiones, transversales o no, endógenas o exógenas al
propio cambio climático que, a pesar del sugerente esfuerzo legislativo realizado, han
quedado para constatar una vez más el precio de años de indolencia, y las consecuencias
ambientales, naturales, económicas y, por supuesto, humanas, que hemos de pagar por ladear
la vista y dejar que alzadas voces negacionistas se pronunciaran en pos del resto. ¿Qué está hecho? ¿Qué queda por hacer? ¿Cuál es el alcance del problema? Alejándome en la medida
de lo posible de actitudes discursivas de protesta fácil, procuraré dar una respuesta, imbuida
en el ámbito jurídico, a dichas cuestiones.
Materias Unesco
56 Ciencias Jurídicas y Derecho
2502 Climatología
Palabras Clave
Cambio climático
Derecho internacional
Idioma
spa
Derechos
openAccess
Collections
- Trabajos Fin de Grado UVa [30023]
Files in this item
Except where otherwise noted, this item's license is described as Attribution-NonCommercial-NoDerivatives 4.0 Internacional